El Artículo 7 de la Constitución establece: Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el disfrute de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general.
Este artículo – demasiado amplio e inespecífico en mi humilde opinión – ha sido y es el «caballo de batalla» de políticos y sindicalistas cuando nos quieren imponer algo. Encontraron en ese «slogan» la aparente justificación a sus proclamas y resoluciones.
¿Cuál es el interés general? ¿Quién lo define? ¿Quién o quiénes son los sabios e iluminados que conocen lo que es de interés para mí, para ti o para todos?
¿No será eso beneficioso para ellos? ¿Y nos quieren hacer pasar gato por liebre diciéndonos como verdaderos padres que es por nuestro bien?
Desde entonces, la democracia escuchó que los sindicatos defienden que las empresas públicas (Antel, Ute, Ose, etc.) continúen con su monopolio en manos del Estado. Esta dura defensa es en pos del «interés general». Es más, por la soberanía nacional, profesan enérgicamente.
No hay por qué pensar mal. No creo que defiendan sus puestos de trabajo ni sus sueldos, ni sus privilegios, ni su silla. No, no creo. Seguramente cuando hacen huelgas y paros, cuando dejan sin clases a los alumnos, cuando paralizan la refinería de Ancap, o el registro de matrimonios, lo están haciendo por nosotros, por nuestro interés, por el futuro de nuestros hijos y – sobre todo – por la defensa de la soberanía nacional.
Los corporativos son de los demás, esas personas malas que pelean por subir sus sueldos priorizando su interés propio al general de los uruguayos y uruguayas. Los médicos por ejemplo.
En cambio, los empleados públicos y los sindicatos no son corporativos. Ellos luchan por el beneficio popular. Gracias